PRINCIPIOS GENERALES

 Principios Generales de la Constitución de la Gran Logia Simbólica Española, a cuyo espíritu se tiene que ajustar el resto del articulado de nuestra Constitución.


ARTÍCULO PRIMERO:

La Francmasonería, institución esencialmente filantrópica, filosófica y progresista, tiene por objeto la búsqueda de la verdad, el estudio de la ética y la práctica de la solidaridad; y trabaja por el mejoramiento material y moral, y por el perfeccionamiento espiritual, intelectual y social de toda la humanidad.

Tiene como principios la tolerancia mutua, el respeto de los demás y de uno mismo, y la absoluta libertad de conciencia.

Considerando que las concepciones metafísicas y religiosas son del dominio exclusivo de la apreciación de cada individuo, rechaza cualquier afirmación dogmática.

Tiene por divisa: Libertad, Igualdad y Fraternidad.

Cada Francmasón interpretará la invocación al Gran Arquitecto del Universo según le dicte su conciencia con el mayor respeto hacia las diferentes interpretaciones y hacia los Hermanos que las sustentan.



 ARTÍCULO SEGUNDO

La Francmasonería tiene como deber extender hacia todos los componentes de la humanidad los lazos fraternales que unen a los Francmasones esparcidos por toda la superficie de la Tierra.

Recomienda a sus miembros propagar sus ideales a través del ejemplo, la palabra y los escritos manteniendo en todo momento la necesaria discreción sobre los asuntos internos.



ARTÍCULO TERCERO

Es deber de un Francmasón, en todo momento, ayudar, ilustrar y proteger a su Hermano y defenderle contra cualquier injusticia.



ARTÍCULO CUARTO

La Francmasonería considera el trabajo como uno de los deberes esenciales del hombre y honra igual al trabajo manual que el intelectual.



ARTÍCULO QUINTO

La Francmasonería tiene signos y emblemas de alto significado simbólico que sólo pueden ser revelados por la Iniciación.

Estos símbolos presiden, en las formas determinadas por los distintos Ritos, los trabajos de los Francmasones y les permiten reconocerse y ayudarse por toda la superficie de la Tierra.

La Francmasonería no impone ninguna interpretación dogmática de estos símbolos.

La Iniciación comporta varios grados:

Los tres primeros son los de Aprendiz, Compañero y Maestro. Este último es el único que da a los Francmasones la plenitud de los derechos masónicos.

Nadie puede ser dispensado de las pruebas prescritas por los rituales.



 ARTÍCULO SEXTO

La soberanía se ejerce a través del sufragio universal.



ARTÍCULO SÉPTIMO

En las reuniones masónicas todos los Francmasones son iguales. No existe entre ellos más distinciones que las de la jerarquía impuesta por las diferentes funciones.




CONDICIONES DE ADMISION

 


Para poder ser admitido a la Iniciación y gozar de los derechos que otorga la calidad de Francmasón de la Gran Logia Simbólica Española es necesario:


1) Ser mayor de edad.

2) Tener una reputación y una ética irreprochables y no desempeñar un oficio o profesión que atente contra los Derechos Humanos, la ética, la moral y los Principios de la Francmasonería.

3) Tener la instrucción necesaria para comprender las enseñanzas masónicas.

4) No pertenecer o haber pertenecido a cualquier asociación o grupo que practique, preconice o propague la discriminación racial o la violencia hacia otras personas con el pretexto de su origen, raza, etnia, religión, ideología, sexo o cualquier otro que ataque a los Derechos del Hombre.


Cualquier hombre o mujer que, reuniendo estas condiciones, deseara someter su solicitud de ingreso a estudio, deberá dirigir una carta en la que haga una breve pero fiel biografía y exponga los motivos que lo llevan a interesarse por la Masonería y a querer iniciarse en ella.